Auto Supremo AS/0705/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0705/2014

Fecha: 01-Dic-2014

El art


Inicialmente señala que, a tiempo de interponer la apelación restringida denunció errónea aplicación de la Ley Sustantiva, por falta de fundamentación para la imposición de la pena mínima e insuficiente, porque en el caso los encausados en ningún momento demostraron arrepentimiento; con ese antecedente, el recurrente denuncia que el Tribunal de apelación, omitió pronunciarse sobre este aspecto, pese a que efectuó una fundamentación complementaria respecto a la imposición de la pena, que no resulta suficiente, pues no guarda congruencia entre la parte considerativa y la dispositiva, incurriendo en incongruencia omisiva. Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 126/2013-RRC de 10 de mayo y 410 de 20 de octubre de 2006, indicando que esa situación vulnera el principio de igualdad, de legalidad y del debido proceso.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento penal (CPP)