Auto Supremo AS/0733/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0733/2014

Fecha: 15-Dic-2014

Con relación al agravio denunciado, el recurrente carente de técnica recursiva y sin mayor carga

Con relación al agravio denunciado, el recurrente carente de técnica recursiva y sin mayor carga argumentativa, indica que no correspondía la imposición de una pena superior a los diez años, debido a la defectuosa valoración de la prueba; que la Sentencia incurre en defecto incurso en el art. 370 del CPP, por no contar con todas las firmas de los Jueces como requisito de la resolución; y, finalmente realiza una petición referida al cumplimiento de la pena en el recinto de San Antonio y no en el dispuesto en Sentencia; sin embargo, no cumplió con la carga procesal de invocar los precedentes presuntamente contradictorios en relación al Auto de Vista impugnado, menos la de explicar de manera clara, precisa y debidamente fundamentada, respecto a cuál la situación de hecho similar y principalmente en qué consistiría la contradicción en relación a lo determinado en el Auto de Vista impugnado, conforme a la exigencia establecida en el art. 416 del CPP, para que este Tribunal, en virtud a la competencia que le asigna el art. 419 del CPP, con relación al art. 42 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), ingrese al análisis de fondo del recurso de casación y proceda a enmendar posibles errores y omisiones cometidas por el Tribunal de apelación, por tal razón, el motivo deviene en inadmisible