Regístrese, hágase saber y devuélvase.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación formulado por Ernesto Camacho Mejía.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
- Por memorial presentado el 14 de noviembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 7 de noviembre de 2014
- Del memorial que cursa de fs. 381 y vta., se extrae el siguiente motivo
- El art
- principio de igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición de recurso de casación,
- Con relación al agravio denunciado, el recurrente carente de técnica recursiva y sin mayor carga
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
