Auto Supremo AS/0748/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0748/2014

Fecha: 12-Dic-2014

Continúa mencionando que el Auto de Vista ha violado los arts

Continúa mencionando que el Auto de Vista ha violado los arts. 827 inc. 3) del CC. Y 63 inc. 2) del C.P.C. indicando que el apoderado asumió la función judicial y éste no puede ser abogado ni apoderado en causa judicial alguna desde el momento de sus nombramiento como autoridad judicial, vulnerando lo dispuesto por el art. 7, 11 y 1 de la antigua L.O.J., el apoderado asumió las funciones de vocal de la Corte Superior de Distrito de La Paz en fecha 18 de octubre de 2008 y la sustitución del poder es de fecha 14 de noviembre de 2008, el cual resulta ilegal y no puede surtir ningún efecto jurídico porque para esa fecha el apoderado había renunciado tácitamente a su mandato de manera que esa ilegal sustitución produce la nulidad de todos los actos de José David Berrios Fernández