Auto Supremo AS/0748/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0748/2014

Fecha: 12-Dic-2014

En otro punto indica que se ha violado los arts

En otro punto indica que se ha violado los arts. 50 y 67 del C.P.C. por cuanto debía anularse el proceso hasta que el Consejo de Vivienda Policial COVIPOL se integre a la litis, admitiéndose la reconvención contra COVIPOL ya que solo dicha institución ha financiado la construcción de la obra sino que también ha fiscalizado la construcción de la misma y cuando los adjudicatarios junto con COVIPOL tomaron a la fuerza la obra, esta institución continuó con la construcción de la misma y esta se halla vinculado como parte en toda la operación jurídica conforme a las pruebas cursantes en obrados, en donde se evidencia que la intervención de COVIPOL debió darse desde inicio del presente juicio