Auto Supremo AS/0751/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0751/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Ahora bien, el recurrente denuncia falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado e inadecuado


Ahora bien, el recurrente denuncia falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado e inadecuado control de la valoración probatoria del Juez de grado; por cuanto el Tribunal de apelación, al disponer la nulidad de la Sentencia, no habría identificado cuáles serían los medios de prueba omitidos en su valoración o sobre qué prueba se incurrió en defectuosa valoración por parte del Juez a quo, y tampoco tomó en cuenta que se demostró la adecuación de los hechos en el delito de Calumnia, estando la Sentencia debidamente fundamentada. En el planteamiento de este agravio, el recurrente invocó los Autos Supremos 308 de 25 de agosto de 2006, 438 de 15 de octubre de 2005 y 073/2013 (de la Sala Penal Segunda), que estarían referidos a la obligación de los tribunales de alzada de fundamentar sus resoluciones, a la labor del Tribunal de alzada respecto de la valoración probatoria del Juez o Tribunal de Sentencia y a la fundamentación de las sentencias, respectivamente; asimismo, en la argumentación se explica la contradicción que en su criterio existiría entre el Auto de Vista recurrido y cada precedente invocado; en consecuencia, se establece que el recurso cumplió a cabalidad los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, correspondiendo declarar la admisibilidad del recurso