DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- La recurrente acusa que el Tribunal de Alzada a tiempo de confirmar la sentencia procedió a su complementación, figura jurídica que no se encuentra contemplada dentro de las formas de resolución previstas por el art. 237 del Código de Procedimiento Civil, quebrantando el principio de congruencia que debe contener toda resolución, así como el art. 120 de la CPE.
2.- Acusa que el Tribunal de alzada vulnero el art. 190 del CPC, al disponer oficiosamente la devolución de dinero y entrega de ambientes cuando los mismos no fueron demandados, debió también pronunciarse sobre la devaluación que sufrió el dinero entregado en febrero de 1987 en calidad de anticresis
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- La recurrente acusa que el Tribunal de Alzada a tiempo de confirmar la sentencia procedió a su complementación, figura jurídica que no se encuentra contemplada dentro de las formas de resolución previstas por el art. 237 del Código de Procedimiento Civil, quebrantando el principio de congruencia que debe contener toda resolución, así como el art. 120 de la CPE.
2.- Acusa que el Tribunal de alzada vulnero el art. 190 del CPC, al disponer oficiosamente la devolución de dinero y entrega de ambientes cuando los mismos no fueron demandados, debió también pronunciarse sobre la devaluación que sufrió el dinero entregado en febrero de 1987 en calidad de anticresis
- y Paola Andrea
- Distrito: Oruro
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De la revisión del cuaderno procesal se tiene que la actora demandó la nulidad de
- Por las razones expuestas precedentemente, corresponde fallar conforme lo establecen los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
