Auto Supremo AS/0017/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2014-RA

Fecha: 17-Feb-2014

Ahora bien, previamente corresponde aclarar que, al haberse producido los agravios denunciados por la recurrente


Ahora bien, previamente corresponde aclarar que, al haberse producido los agravios denunciados por la recurrente en la Resolución de apelación, no resulta exigible la obligación de invocar los precedentes contradictorios a tiempo de plantearse recurso de apelación restringida, conforme prevé el art. 416.II del CPP, más aún si el Auto de Vista impugnado emergió de la apelación planteada únicamente por el Ministerio Público