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    Auto Supremo AS/0049/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0049/2014-RRC

    Fecha: 20-Feb-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 14 de noviembre de 2013, que cursa de fs
    • a)En mérito a la acusación particular (fs
    • b)Contra la referida Sentencia, la parte querellante (fs
    • 1)Los recurrentes refieren que, en el cuarto motivo del recurso de apelación restringida denunciaron falta
    • 2)Además, los recurrentes señalan que, el Auto de Vista impugnado es contrario a los Autos
    • Los recurrentes solicitan que previa admisión del recurso, se establezca la existencia de contradicción del
    • Mediante Auto Supremo 340/2013-RA de 19 de diciembre, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • i)De las pruebas ofrecidas por la parte querellante, se establece que el inmueble de cuatro
    • ii)En dos habitaciones del segundo piso del inmueble, habitaba la querellante junto a su familia
    • Las declaraciones testificales de cargo, de manera uniforme manifiestan que las dos habitaciones del segundo
    • Por las pruebas documentales se demuestra el derecho propietario en favor de la querellante María
    • Por la declaración testifical del testigo ofrecido por el imputado Jhon Víctor Lara Botello, se
    • Por la inspección ocular en los inmuebles de la calle Gral
    • iii)En cuanto a la subsunción al delito de Despojo, se demostró que las dos habitaciones
    • Por otra parte, al no estar los querellantes en posesión de los ambientes, no pueden
    • II.2.De las apelaciones restringidas
    • Tanto el querellante Julio Enrique Vidangos, así como los imputados condenados interpusieron a su turno
    • II.2.1. Apelación de Raúl Calderón Camacho y Martha Juana Vargas de Calderón
    • Los nombrados imputados, interponen recurso de apelación restringida, formulando los siguientes argumentos de relevancia
    • En cuanto a la prueba literal, no se demuestra más que el derecho propietario de
    • Es decir, no se realizó una valoración de todos los elementos de prueba de manera
    • 2)Errónea aplicación de la ley penal, pues se desarrolló el juicio por los delitos de
    • Asimismo, siendo que el proceso de Despojo tiene como objeto la restitución de la posesión
    • 3)Se quebrantó el derecho al juez natural, puesto que en este caso se está frente
    • 4)Como cuarta denuncia, refieren que la Sentencia apelada carece de motivación de la pena, violando
    • 5)Finalmente, reclaman defecto de procedimiento por restricción a la prueba, alegando que el Juez de
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • Previa radicatoria de la causa, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
    • b)En lo que se refiere a la imposición de la pena, previa referencia al Auto
    • c)Asimismo, transcribiendo una porción del Auto Supremo 444/2005 de 15 de octubre, sobre los defectos
    • d)Sobre la valoración de la prueba que hacen referencia los apelantes, se evidencia que cumple
    • e)Se refiere al principio de legalidad, señalando que se encuentra en la necesidad de certeza
    • f)Sobre la falta de fundamentación de la Sentencia, igualmente se transcribe porciones del Auto Supremo
    • g)Finalmente, refiere que debe tenerse presente lo señalado por los Autos Supremos 183 de 6
    • Con esos argumentos, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz,
    • III
    • Los recurrentes sostienen que ante la denuncia de falta de fundamentación de la pena que
    • En el primer precedente invocado, Auto Supremo 99 de 24 de marzo de 2005, se
    • La Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo intérprete de la `legalidad´, cumple una
    • Es evidente que el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación ya ha establecido una
    • Asimismo, sobre la obligatoriedad de la motivación de las circunstancias relativas a la imposición de
    • Debe agregarse que la fundamentación es una exigencia inexcusable tanto para que el condenado sepa
    • Lo anterior tiene una connotación fundamental, pues, los argumentos de la fundamentación del fallo en
    • Obligación soslayada por el Juzgador en Sentencia; en consecuencia, lo esgrimido por el Tribunal de
    • En consecuencia, evidenciado la veracidad del reclamo de los recurrentes, se concluye en que el
    • III.2.Respecto a la denuncia de vulneración del principio de exhaustividad
    • En el caso analizado, de la lectura del recurso de apelación, se tiene que los
    • Además, los motivos tercero y quinto referidos a violación del debido proceso en su elemento
    • Precedente que fue contradicho por el Auto impugnado, así como los Autos Supremos invocados por
    • Por todo lo hasta aquí expuesto y evidenciando que los reclamos de los recurrentes son
    • Establecida la forma de resolución del presente recurso, debe dejarse constancia, que este Tribunal, consideró
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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