Auto Supremo AS/0003/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2014-RA

Fecha: 20-Mar-2014

Sin embargo de todo lo anterior, este Tribunal no puede soslayar que el recurrente, sobre


Sin embargo de todo lo anterior, este Tribunal no puede soslayar que el recurrente, sobre la existencia de defectos absolutos, fundamentando en los dos agravios, la vulneración de derechos y garantías constitucionales como el debido proceso, la debida fundamentación, el principio de la seguridad jurídica y la inobservancia de los arts. 124 y 398 del CPP; precisando además los hechos generadores de tales vulneraciones, resumidos en las denuncias de que: El Tribunal de apelación hubiese incurrido en falta de pronunciamiento sobre todos los aspectos reclamados en su apelación restringida y en que el Auto de Vista carece de fundamentación, privándole de tener certeza y convencimiento sobre el resultado de la Resolución. De lo precedentemente señalado se advierte que el recurrente cumplió con los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal, correspondiendo abrir la competencia de este Tribunal de Justicia en forma extraordinaria para conocer el recurso interpuesto por el recurrente y luego de verificar los extremos señalados, resolver conforme a derecho