De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En merito a la acusación pública (fs. 4 a 7), presentado por el Ministerio Público, y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia 05/2011 de 7 de octubre (fs. 359 a 376), por la que declaró a la imputada, autora del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, imponiéndole la pena privativa de libertad de diez años de presidio y ciento cincuenta días multa a razón de Bs. 1.- por día, más el pago de costas y el resarcimiento de “los daños civiles ocasionados al Estado"
- Por memorial presentado el 30 de enero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la imputada Zenobia Choque Mamani
- c) Notificada la recurrente Zenobia Choque Mamani con el referido Auto de Vista, el 23
- La recurrente denuncia que, en el mismo Auto de Vista ahora impugnado, se afirma que
- Derivado de lo anterior -continúa su fundamentación- ni en la Sentencia condenatoria, ni en el
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme dispone el art
- En cuanto al segundo requisito exigido, llamado de fondo, la recurrente denuncia errónea aplicación o
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
