Auto Supremo AS/0013/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0013/2014-RA

Fecha: 24-Mar-2014

En cuanto al segundo requisito exigido, llamado de fondo, la recurrente denuncia errónea aplicación o


En cuanto al segundo requisito exigido, llamado de fondo, la recurrente denuncia errónea aplicación o interpretación de ley, con el fundamento de que su conducta no se acomodaría al tipo penal de Tráfico de Sustancias Controladas, por el que resultó condenada, sino al de Suministro, previsto en el art. 51 de la Ley 1008, por lo que aduce falta de fundamentación respecto a la subsunción de su conducta, tanto en Sentencia como en el Auto de Vista impugnado, lo que sería contradictorio a los precedentes contenidos en los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004 y 256 de 26 de julio de 2006, referidos básicamente a la obligación de debida fundamentación que recae en los jueces o tribunales de sentencia, así como en los tribunales de alzada. De lo que se tiene que se han cumplido los requisitos mínimos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, correspondiendo que el agravio planteado sea analizado en el fondo por este Tribunal