Que, a este efecto y de la
Que, a este efecto y de la revisión del Recurso en análisis, se establece en definitiva que el recurrente no cumplió con los requisitos señalados en el inciso 2 del art. 258 del Código Adjetivo Civil, por lo que en el marco legal referido, el Recurso de fs. 104 a 107, es insuficiente, haciendo inviable su consideración, pues impide a este Tribunal abrir su competencia, correspondiendo en consecuencia resolver en la forma prevista por el inciso 2 del art. 272 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- Partes : Oscar Alfredo Soto c/ Empresa La
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral,
- En grado de Apelación, por Auto de
- CONSIDERANDO II
- En ese orden de fundamentos el recurrente
- En ese sentido señala que, conforme se evidencia del
- CONSIDERANDO III: Que, analizando los fundamentos de
- Que, a este efecto y de la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso.
