En ese sentido señala que, conforme se evidencia del
En ese sentido señala que, conforme se evidencia del memorial de apelación y apersonamiento a la Sala se puede evidenciar que a los mismos se ha arrimado prueba que asevera de manera puntual de que la ruptura del vínculo laboral ha sido obra del demandante acto que está probada por: 1.- La carta de 15 de marzo de 2006, presentada ante el Ministerio del Trabajo, haciéndose conocer el abandono del trabajador el que se encontraba en situación de suspensión, fs. 19. 2.- El contrato de trabajo de fecha 10 de noviembre de 2004 en sentido del incumplimiento de funciones laborales, que causan perjuicio en la empresa y se encuadran en el inciso a) y g) del art. 16 de la Ley General del Trabajo, plasmada a través del acto de retiro voluntario. 3.- Informe de 23 de febrero de 2006, que plasma parte de las pérdidas que ha sufrido la empresa, constatada a través del informe de este funcionario de la empresa, el que realiza estos actos de verificación en compañía del demandante. 4.- Comunicación interna Nº 22/06 que demuestra de manera clara que al trabajador se le comunicó su suspensión. Documentos a los que se acompañó en el memorial de apelación: 1.- Documentos de Control de Salidas de Cámara en número de dos, de productos de fecha 21 de febrero de 2007 en la que consta su firma. 2.- Orden de compra firmada a favor de Hipermax Florida y Norte de 20 de febrero de 2006, entregada el 21 de febrero de 2006, en la que consta su firma. 3. Cuatro Notas de Entrega a clientes de 21 de febrero de 2006 realizada a los supermercados, Sur Fidalga, Plaza Hipermercado, Macro Fidalga y Ekko Fidalga en las cuales consta su firma, documental que el Auto de Vista no ha tomado en cuenta peor aún valorado, lo cual demuestra la parcialidad que hubieran adoptado a favor del demandante, aspecto que evidencia también una excesiva aplicación del principio de proteccionismo
- Partes : Oscar Alfredo Soto c/ Empresa La
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral,
- En grado de Apelación, por Auto de
- CONSIDERANDO II
- En ese orden de fundamentos el recurrente
- En ese sentido señala que, conforme se evidencia del
- CONSIDERANDO III: Que, analizando los fundamentos de
- Que, a este efecto y de la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso.
