Auto Supremo AS/0029/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0029/2014-RA

Fecha: 24-Mar-2014

2) Como segundo motivo refiere que, con relación a la sustancia controlada, el Tribunal ad


2) Como segundo motivo refiere que, con relación a la sustancia controlada, el Tribunal ad quem indica que, no es evidente que la sustancia sometida a la prueba de campo o narco test, no sea la encontrada en su poder, y que no existiría ninguna prueba de descargo de su parte; empero, en su recurso de apelación restringida ofreció como prueba preconstituida “…las del cuaderno procesal, acusatorio y cautelar…” (sic), donde se evidencia que en la prueba Nº 30, ofrecida por el Ministerio Público, la profesional Bioquímica adscrita a la Unidad de Sustancias Controladas de la ciudad de Santa Cruz, fue notificada con el requerimiento fiscal de 16 de abril de 2009, para que practique el estudio de una sustancia enviada por el Ministerio Público, misma que no es la que se encontró en el vehículo motorizado, dado que su aprehensión se produjo el 30 de mayo de 2009, lo cual -asevera- le genera inseguridad jurídica, vulnerando su derecho al debido proceso y sobre todo violenta el art. 333 del CPP