Por memorial presentado el 24 de enero de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 031/2014-RA
Sucre, 24 de marzo de 2014
Expediente : Potosí 1/2014
Parte Acusadora : Ministerio Público y Martha Yolanda Revilla
Parte Imputada : Leoncio Martínez Tacuri y otros
Delito : Falsedad Ideológica
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de enero de 2014, cursante de fs. 361 a 363 vta., Leoncio Martínez Tacuri, Andrés Martínez Tacuri y Ricardo Martínez Tacuri, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 01/2014 de 3 de enero, de fs. 343 a 346, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Martha Yolanda Revilla contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 031/2014-RA
Sucre, 24 de marzo de 2014
Expediente : Potosí 1/2014
Parte Acusadora : Ministerio Público y Martha Yolanda Revilla
Parte Imputada : Leoncio Martínez Tacuri y otros
Delito : Falsedad Ideológica
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de enero de 2014, cursante de fs. 361 a 363 vta., Leoncio Martínez Tacuri, Andrés Martínez Tacuri y Ricardo Martínez Tacuri, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 01/2014 de 3 de enero, de fs. 343 a 346, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Martha Yolanda Revilla contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 24 de enero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme juicio de admisibilidad, este Tribunal casacional establece lo siguiente
- Respecto al segundo motivo identificado en el acápite II inc
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
