Auto Supremo AS/0038/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0038/2014-RA

Fecha: 24-Mar-2014

En cuanto al Auto Supremo 26 de 26 de enero de 2007, relativo a la


En cuanto al Auto Supremo 26 de 26 de enero de 2007, relativo a la obligación de notificar a las partes procesales conforme dispone el art. 160 y siguientes del CPP; el recurrente señala que, en el caso en análisis, al haber fundado el Auto de Vista la inadmisibilidad de su recurso en una diligencia de notificación nula (por ser violatoria al debido proceso), ignorando la diligencia asentada a fs. 644, el Tribunal de alzada incurrió en grave defecto absoluto que debe ser reparado; argumento del que se establece que cumplió con su obligación de invocar el precedente en el momento oportuno, por surgir la aparente contradicción con posterioridad a la emisión de la Sentencia, y sobre el cual señala lo que considera contrario a los precedentes invocados, consecuentemente, corresponde analizar la denuncia en el fondo y verificar si efectivamente el Auto de Vista impugnado contradice los lineamientos establecidos en elAuto Supremo 26 de 26 de enero de 2007, y si con ello se afectó el derecho a la defensa del recurrente