El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal manera que no puede suplir de oficio las omisiones, imprecisiones o impericias en que incurre un recurrente; en consecuencia, al no haber cumplido la recurrente con la carga legal prevista por el artículo 258-2) del Código de Procedimiento Civil, se encuentra impedido de abrir su competencia para conocer el recurso intentado
- En grado de apelación, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito
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- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
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- Libro de Tomas de Razón 39/2014
