Auto Supremo AS/0044/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0044/2014-RA

Fecha: 24-Mar-2014

3) Denuncia que se estableció su culpabilidad al manifestarse que hubiera ocasionado daño al habérsele


3) Denuncia que se estableció su culpabilidad al manifestarse que hubiera ocasionado daño al habérsele confiado dichos dineros y de manera extra petita, se le agrava su situación en virtud del art. 349 inc. 3) del CP, que no fue acusado, olvidando que el procedimiento vigente es de favorabilidad “y no como el anterior en el que podía variarse a gusto el mismo” (sic), situación que fue cohonestada por el Tribunal de alzada, en incumplimiento de lo dispuesto por el art. 72 del Código de Procedimiento Penal (CPP), relativo a la objetividad dentro del proceso, resaltando que el caso es eminentemente civil o denominado de rendición de cuentas, cuya característica y procesamiento defiere categóricamente del tratamiento y procesamiento que se debe dar al que se apodere de dineros ajenos