En relación a los demás requisitos de admisibilidad, se evidencia que, para sostener su recurso,
En relación a los demás requisitos de admisibilidad, se evidencia que, para sostener su recurso, el recurrente cuestionó varios aspectos inherentes a la audiencia de juicio y a la Sentencia emitida dentro del presente proceso, como los relativos al rechazo de una solicitud de exclusión probatoria, a la introducción y posterior asignación de valor probatorio a meras fotocopias y a la agravación extra petita en virtud del art. 349 inc. 3) del CP; limitándose a señalar que el Tribunal de alzada cohonestó los extremos descritos, sin cumplir con la carga procesal de invocar algún precedente contradictorio, por lo que tampoco explicó, ni fundamentó en términos claros y precisos respecto a la posible contradicción que pudiera existir con el Auto de Vista impugnado, no otra cosa significa que el recurrente en su petición destaca la existencia de contradicción en la sentencia con la acusación, sin tomar en cuenta la naturaleza y características del recurso de casación, que conforme su regulación normativa procede para impugnar Autos de Vista dictados por los Tribunales Departamentales de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por sus pares o por el Tribunal Supremo de Justicia y que su admisibilidad requiere la observancia del referido requisito ineludible; de modo que su inobservancia impide a este Tribunal admitir e ingresar al análisis de fondo del recurso
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente, el 13 de febrero de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se tiene que el recurrente previa referencia a
- 3) Denuncia que se estableció su culpabilidad al manifestarse que hubiera ocasionado daño al habérsele
- El art
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el presente caso, se comprueba que el recurrente cumplió con el primer requisito de
- En relación a los demás requisitos de admisibilidad, se evidencia que, para sostener su recurso,
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
