Finalmente, solicitando se deje sin efecto el Auto de Vista, en el otrosí del memorial,
Finalmente, solicitando se deje sin efecto el Auto de Vista, en el otrosí del memorial, cita como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 336 de 1 de julio de 2010 y 12 de 26 de enero de 2007
- Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes
- 2) Como segundo agravio, el recurrente manifiesta que el Auto de Vista incurre en contradicciones
- Finalmente, solicitando se deje sin efecto el Auto de Vista, en el otrosí del memorial,
- El art
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- absolutos, teniendo como obligación el proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso, detallar con
- Así, con relación a los dos agravios planteados, se evidencia que el recurrente, si bien
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
