Auto Supremo AS/0046/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0046/2014-RA

Fecha: 24-Mar-2014

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


No obstante de lo señalado, éste tribunal no puede soslayar que el recurrente, en el primer motivo, denuncia la vulneración de su derecho de defensa y el debido proceso, fundamentando su agravio como defecto absoluto, manifestando que no habría tenido conocimiento de las actuaciones procesales y que por ello no pudo ejercer su derecho de defensa, provocando como resultado dañoso, que no haya presentado ni ofrecido pruebas de descargo que le permitan demostrar su inocencia; y asimismo, en el segundo, denuncia que el Auto de Vista impugnado incurre en contradicciones y vacíos jurídicos, al no haber dado respuesta fundamentada a los puntos apelados, precisando uno a uno los agravios efectuados en apelación, así como identificando las partes del Auto de Vista en que se habría incurrido en insuficiente fundamentación, reclamando como resultado dañoso, que se le dejó en incertidumbre sobre el hecho por el que se le condenó injustamente. En consecuencia, al haberse observado los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal, se abre su competencia en forma extraordinaria para conocer el recurso y, luego de verificar los extremos señalados, resolver conforme a derecho.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación de fs. 648 a 650, interpuesto por Jorge Vidal Mamani Turpo; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo