Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 046/2014-RA
Sucre, 24 de marzo de 2014
Expediente : La Paz 18/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Jorge Vidal Mamani Turpo
Delitos : Falsificación de Sellos, Papel Sellado y Timbres; y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2013, cursante de fs. 648 a 650, Jorge Vidal Mamani Turpo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12/2013 de 7 de febrero, de fs. 630 a 635 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, el Representante Distrital del Consejo de la Judicatura de La Paz y el Director Nacional de Fiscalización y Recaudaciones de la Policía Nacional contra el recurrente por los delitos de Falsificación de Sellos, Papel Sellado y Timbres; y, Útiles para Falsificar, previstos y sancionados por los arts. 190 y 197 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 046/2014-RA
Sucre, 24 de marzo de 2014
Expediente : La Paz 18/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Jorge Vidal Mamani Turpo
Delitos : Falsificación de Sellos, Papel Sellado y Timbres; y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2013, cursante de fs. 648 a 650, Jorge Vidal Mamani Turpo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12/2013 de 7 de febrero, de fs. 630 a 635 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, el Representante Distrital del Consejo de la Judicatura de La Paz y el Director Nacional de Fiscalización y Recaudaciones de la Policía Nacional contra el recurrente por los delitos de Falsificación de Sellos, Papel Sellado y Timbres; y, Útiles para Falsificar, previstos y sancionados por los arts. 190 y 197 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes
- 2) Como segundo agravio, el recurrente manifiesta que el Auto de Vista incurre en contradicciones
- Finalmente, solicitando se deje sin efecto el Auto de Vista, en el otrosí del memorial,
- El art
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- absolutos, teniendo como obligación el proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso, detallar con
- Así, con relación a los dos agravios planteados, se evidencia que el recurrente, si bien
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
