Bajo estos parámetros, revisado el memorial del recurso de casación, se verifica que el recurrente
Bajo estos parámetros, revisado el memorial del recurso de casación, se verifica que el recurrente obvió la invocación de Autos Supremos en calidad de precedentes contradictorios, incumpliendo la obligación que la ley impone de invocar algún precedente en ocasión del recurso de casación y por ende, de observar el requisito primordial de establecer la contradicción jurídica con otros precedentes pronunciados por Tribunales Departamentales de Justicia o por las Salas Penales de este Tribunal; contrariamente, se observa que el recurrente se limita a señalar que en la apelación restringida estableció los defectos de la Sentencia y que el Tribunal de alzada no valoró los hechos de fondo y su prueba, que no se comprobó la consumación del delito atribuido, por cuanto su conducta nunca se adecuó a los elementos del tipo penal, argumentos que, al estar referidos a defectos de sentencia, requerían imprescindiblemente la invocación, en el recurso de apelación restringida, de precedentes contradictorios, con la respectiva expresión de contradicción en la forma exigida por el art. 417, concordante con el art. 416, ambos del CPP
- Por memorial presentado el 13 de febrero de 2014, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Contra el mencionado Auto de Vista, el imputado Remberto Fernández Villarroel interpuso el recurso
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Señala que ratifica los argumentos de hecho y derecho esgrimido en la apelación restringida, con
- Prosigue señalando, que la Sentencia y el Auto de Vista le declaran autor y culpable
- Concluyó su recurso de casación, solicitando al Tribunal Supremo de Justicia “casar” absolviéndole de
- El art
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Ahora bien, luego del análisis correspondiente, en el acápite II de la presente Resolución, se
- Debe entenderse que uno de los fundamentos que justifica la institución jurídica del recurso de
- Bajo estos parámetros, revisado el memorial del recurso de casación, se verifica que el recurrente
- arts
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
