Conforme dispone el art
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Conforme dispone el art. 130 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación, empieza a correr a partir del día siguiente de practicada la notificación con la resolución recurrida, computándose sólo los días hábiles; en autos, conforme la diligencia de fs. 287 y al cargo de recepción que cursa a fs. 302, se constata la presentación de éste medio de impugnación dentro del plazo legal y ante la misma Sala que emitió el Auto de Vista impugnado, conforme a lo exigido en el art. 417 del CPP, toda vez que la recurrente fue notificada el 17 de febrero de 2014, presentando su recurso el 24 del mismo mes y año
- Por memorial presentado el 29 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia fue objeto de apelación restringida por parte de la imputada Viviana
- c) Notificada la parte imputada con el referido Auto de Vista el 17 de febrero
- 1) La recurrente afirma que, denunció que el Tribunal de sentencia incurrió en defectuosa valoración
- 2) En la misma línea argumentativa, asevera que en el segundo y tercer considerando del
- 3) Por último la recurrente denuncia que, si bien el Auto de Vista impugnado contiene
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme dispone el art
- Sobre el primer agravio, sostiene que a pesar de que la Resolución de instancia incurre
- Con relación al segundo agravio, referente a la ausencia de fundamentación y motivación de la
- Por lo expuesto, se concluye que la denuncia contiene la suficiente carga argumentativa que permite
- Ahora bien, respecto al tercer agravio, vinculado igualmente con el reclamo de ausencia de fundamentación;
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
