La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Claudia Alexandra Balderrama Bustos, cursante de fs. 225 a 227; asimismo, en cumplimento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala, se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional mediante fotocopias legalizadas: el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extraeel siguiente motivo
- Expresa que el Auto de Vista hizo referencia a las declaraciones testifícales, dando cuenta que
- Señala que tales faltas importan desconocimiento al debido proceso y a la tutela judicial efectiva,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Revisados los antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro del plazo
- De la revisión de los agravios expuestos por la recurrente, que fueron debidamente consignados en
- Bajo tales parámetros, se establece que el recurso de casación deducido, cumple con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
