Auto Supremo AS/0063/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0063/2014-RA

Fecha: 28-Mar-2014

El recurrente a través del memorial que cursa de fs


II. DEL MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente a través del memorial que cursa de fs. 185 a 186 vta., refiere que formuló recurso de apelación restringida indicando expresamente que fundamentaría oralmente su recurso, motivo por el cual mediante decreto de 18 de diciembre de 2013, se señaló audiencia de fundamentación oral de la apelación restringida para el 20 de diciembre de 2013; sin embargo, esta providencia le fue notificada el 18 de diciembre 2013, en el Tablero del Tribunal de apelación, pese a que constituyó domicilio real y domicilio procesal en la oficina jurídica de su patrocinante. Con estos antecedentes, señala que la notificación debe realizarse en forma tal que el destinatario tenga conocimiento del acto procesal, no siendo suficiente el hecho de haberse notificado en el tablero del Tribunal, cuando tiene el derecho de ser informado sobre lo resuelto por la autoridad judicial con el fin de no violarse el sagrado derecho a la defensa y al debido proceso. Señala que en el caso presente, se le provocó indefensión por falta de notificación idónea, así como graves perjuicios ya que de ello dependía el resultado en la resolución superior. Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 041/2007 de 27 de enero y 255/2012–R de 16 de octubre