Auto Supremo AS/0096/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0096/2014

Fecha: 21-Mar-2014

Al respecto el art

Al respecto el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil dispone que el recurso de casación debe contener la cita de la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, así como la explicación de la violación, falsedad o error que se acusan, aspectos que no fueron cumplidos por la recurrente, quien se limitó a señalar que le correspondería ser asistida por su cónyuge en consideración a su edad y al estado de necesidad que atraviesa, y a sostener que la condenación en costas dispuesta por el Tribunal de Alzada le agraviaría en su condición económica, sin que dichos argumentos hubieran sido vinculados a ninguna normativa legal que en su criterio hubiese sido violada, interpretada o aplicada indebidamente, situación que impide a éste Tribunal la consideración del recurso, el que se constituye en una simple alegación carente de contenido, lo que imposibilita al Tribunal de casación analizar la correcta aplicación o interpretación de la ley que hubiesen efectuado los Tribunales de instancia a fin de evidenciar si son ciertas o no las transgresiones acusadas