Auto Supremo AS/0048/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0048/2014

Fecha: 28-Abr-2014

Añadió que en el caso presente, al no poseer la libertad de estado el asegurado,

Añadió que en el caso presente, al no poseer la libertad de estado el asegurado, ello constituye un impedimento legal, el cual está claramente demostrado por el certificado de matrimonio cursante a fs. 64, cancelado con posterioridad a la celebración del matrimonio cuyo certificado cursa a fs. 65; por lo que, señaló, que la Comisión de Reclamación, al confirmar la Resolución Nº 00010197 de 5 de octubre de 2012, actuó en estricto apego a la norma de la Seguridad Social, más cuando las señaladas normas no determinan que el SENASIR previamente deba pedir la anulación del vínculo matrimonial y posteriormente proceder a la suspensión o denegatoria de la renta