Del mismo modo, en cuanto a la apreciación y valoración de la prueba, la Corte
Del mismo modo, en cuanto a la apreciación y valoración de la prueba, la Corte Suprema de Justicia ha señalado en su uniforme jurisprudencia que la apreciación y valoración de la misma por los jueces de instancia, es incensurable en casación; y que excepcionalmente podrá producirse una revisión o revaloración de la prueba, en la medida en que en el recurso se acuse y se pruebe la existencia de error de hecho o de derecho, de acuerdo con la regla que establece el inciso 3) del artículo 253 del Código de Procedimiento Civil, que textualmente señala: “Cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho o error de hecho. Este último deberá evidenciarse por documentos o actos auténticos que demostraren la equivocación manifiesta del juzgador.” (Las negrillas son añadidas). Nótese que la disposición citada expresa que deberán cumplirse dos condiciones; es decir, que deberá demostrarse el error por documentos o actos auténticos, que a su vez demuestren la equivocación manifiesta del juzgador, lo que en la especie no sucedió
- En grado de apelación interpuesto por el actor, la Sala Social y Administrativa de la
- Que, contra el referido Auto de Vista, el actor interpuso recurso de casación (fojas 193
- Hace mención al artículo 48 de la Constitución Política del Estado y lo transcribe, señalando
- Concluyó el memorial, solicitando a este Tribunal casar el Auto de Vista recurrido
- CONSIDERANDO II: Antes de ingresar en el análisis de la problemática planteada, se debe dejar
- Que, conforme la abundante jurisprudencia desarrollada por la Corte Suprema de Justicia, el recurso de
- Por otra parte, la constante y amplia jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia,
- Del mismo modo, en cuanto a la apreciación y valoración de la prueba, la Corte
- En mérito a lo fundamentado precedentemente, se concluye que el recurso de fojas 115 y
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
