La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
Que, en consecuencia se tiene que el recurrente, actuó en inobservancia de las previsiones contenidas en los arts. 416 y 417 del CPP, incumpliendo con los presupuestos procesales que constituyen al mismo tiempo la base y sustento legal para la admisión del recurso de casación planteado, inobservancia que no puede ser suplida de oficio por parte del Tribunal de casación, que tiene entre sus principales funciones, el de controlar precisamente la uniformidad de la jurisprudencia.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación, de fs. 566 a 571, interpuesto por Renato Miguel Mamani Flores
- 1) Sustanciado el juicio oral, por Sentencia S-17/2013 de 21 de agosto (fs
- 2) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida, (fs
- 3) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 31 de enero de
- De la revisión del recurso de casación, se tiene que el imputado denuncia el siguiente
- Finalmente, el recurrente solicita anular el proceso y ordenar su reposición por otro Tribunal
- El art
- En ese contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Ingresando a la consideración de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, se establece
- Con referencia al único motivo denunciado el recurrente citó, tanto en su apelación restringida como
- Igualmente, el recurrente no efectuó fundamentación alguna del supuesto agravio sufrido con el pronunciamiento del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
