3) Enfatiza que la Sentencia, incurre en el defecto previsto por el art
3) Enfatiza que la Sentencia, incurre en el defecto previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP, por falta de valoración de los medios probatorios (no refiere que pruebas no fueron valoradas), incurriendo asimismo en falta de fundamentación conforme al art. 124 del CPP, y cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 529 de 17 de noviembre de 2006, 444 de 15 de octubre de 2005 y la Sentencia Constitucional 717/06-R de 21 de julio referido a la falta de motivación de una resolución
- Por memorial presentado el 21 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 14 de febrero de
- La recurrente, señala como motivos de su recurso de casación los siguientes
- 2) Alega falta de fundamentación al no especificarse en la Sentencia con claridad la tipificación
- 3) Enfatiza que la Sentencia, incurre en el defecto previsto por el art
- 4) Asimismo, como fundamentación del recurso de casación invoca y transcribe una parte de los
- Concluye, solicitando se admita el recurso y se dicte resolución dejando sin efecto el Auto
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Por otro lado, respecto a los demás requisitos se observa que el recurrente argumenta los
- En razón a los fundamentos expuestos precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
