Por memorial presentado el 17 de diciembre de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 106/2014-RA
Sucre, 09 de abril de 2014
Expediente : La Paz 31/2014
Parte acusadora : Saturnino Conde Condori
Parte imputada : Freddy Mamani Villca y otro
Delitos : Difamación, Calumnia e Injuria
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de diciembre de 2013, cursante de fs. 289 a 291, Freddy Mamani Villca y Daniel Sánchez Quispe, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 71/2013 de 18 de septiembre, de fs. 281 a 284, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal que le sigue Saturnino Conde Condori contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 106/2014-RA
Sucre, 09 de abril de 2014
Expediente : La Paz 31/2014
Parte acusadora : Saturnino Conde Condori
Parte imputada : Freddy Mamani Villca y otro
Delitos : Difamación, Calumnia e Injuria
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de diciembre de 2013, cursante de fs. 289 a 291, Freddy Mamani Villca y Daniel Sánchez Quispe, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 71/2013 de 18 de septiembre, de fs. 281 a 284, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal que le sigue Saturnino Conde Condori contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 17 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida tanto por el acusador Saturnino Conde
- c) Notificados los imputados con el aludido Auto de Vista, el 10 de diciembre de
- Del memorial de fs. 289 a 291, se extraen los siguientes motivos
- 2) En segundo término señalan que, reclamaron también en apelación restringida la vulneración del art
- Finalizan la argumentación de su recurso citando el Auto Supremo 171/2012-RRC de 24 de julio,
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme dispone el art
- Primero, si bien citaron como precedente contradictorio el Auto Supremo 171/2012-RRC, tanto en apelación como
- Segundo, toda vez que los recurrentes hacen referencia a una supuesta vulneración de derechos y
- En consecuencia, conforme los argumentos precedentes, se establece que el recurso de casación no cumplió
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
