Por otro lado, si bien la entidad recurrente, de manera genérica hizo referencia al debido
Por otro lado, si bien la entidad recurrente, de manera genérica hizo referencia al debido proceso en su vertiente a una debida motivación; empero, no se detalló cuál el hecho generador del supuesto agravio, ya que no se identifica qué parte o partes del Auto de Vista habrían incurrido en dicha falencia, en consecuencia, tampoco se fundamentó cuál la restricción o disminución de los derechos y garantías que alude y por ende la connotación de orden constitucional, falencia en la técnica argumentativa que no satisface el cabal cumplimiento de los requisitos de flexibilización establecidos por este Tribunal, por lo que tampoco se abre esa vía para conocer el fondo de este motivo
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae lo siguiente
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Respecto a los requisitos de fondo, de la minuciosa revisión del recurso planteado, se establece
- En cuanto a los Autos Supremos 50 de 27 de enero de 2007, 047/2012-RRC de
- Por otro lado, si bien la entidad recurrente, de manera genérica hizo referencia al debido
- Todo lo señalado anteriormente, implica el incumplimiento de los requisitos previstos por los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
