Auto Supremo AS/0121/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0121/2014-RA

Fecha: 17-Abr-2014

6) El Auto de Vista impugnado no considera como agravio la no aplicación correcta por


6) El Auto de Vista impugnado no considera como agravio la no aplicación correcta por el Juez a quo del art. 370 inc. 5) del CPP, debido a que los motivos 4, 5 y 6 resueltos por el Tribunal de alzada son totalmente incompletos, sin una debida fundamentación en las resoluciones, que es una garantía de orden constitucional, contraviniendo lo establecido en el Auto Supremo 073/2013-RRC de 19 de marzo