Manifiesta que fue involucrado en un supuesto hecho delictivo de violación, en forma indebida, por
Manifiesta que fue involucrado en un supuesto hecho delictivo de violación, en forma indebida, por cuanto habiendo aportado pruebas fehacientes que su persona jamás participó en la comisión de ése acto delictuoso, fue persuadido por el Fiscal asignado al caso Darío Murillo M., para que se someta al Proceso Abreviado, comprometiéndole que la pena sería mínima y su libertad sería viable en el tiempo más breve posible, a éste ofrecimiento, confiando en él, descartando y contradiciendo al asesoramiento de su abogado, se sometió al Procedimiento Administrativo. En base a estos antecedentes el Fiscal asignado al caso, emitió su Requerimiento Conclusivo en fecha 9 de marzo de 2013, sin que exista prueba alguna que lo involucre en el delito de violación, solicitó al Juez Instructor de Acasio la aplicación de una Salida Alternativa de Procedimiento Abreviado y la aplicación de la pena de reclusión de 15 años en la cárcel pública de San Pedro, donde actualmente se encuentra recluido
- PROCESO
- RECURRENTE
- De la Sentencia Nº 2/2013 de 26 de marzo de 2013 pronunciado en el
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión extraordinaria de la Sentencia N° 2/2013 de
- CONSIDERANDO: Que Froilán Cruz Quispe se apersona y pide la revisión extraordinaria de la Sentencia
- Manifiesta que fue involucrado en un supuesto hecho delictivo de violación, en forma indebida, por
- De no ser las persuasiones y ofrecimientos del Fiscal y conocer el desenlace de los
- Concluye manifestando que las pruebas acompañadas al inicio del proceso nunca fueron valoradas por el
- CONSIDERANDO: El artículo 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado garantiza el
- En el caso de autos, el recurrente ampara su pretensión en la causal de revisión
- Consecuentemente, el recurrente pretende a través de la revisión extraordinaria de sentencia, abrir la competencia
- Por lo cual, la pretensión del recurrente no condice con la naturaleza jurídica del recurso
- Consiguientemente, al no haberse aportado prueba nueva y relevante que demuestre los argumentos del recurso,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No suscribe el Magistrado Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Sala Plena
