Auto Supremo AS/0057/2014-R
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0057/2014-R

Fecha: 28-May-2014

Las causales a) y b) contenidas en el inciso 4 del artículo 421 del Código

Las causales a) y b) contenidas en el inciso 4 del artículo 421 del Código de Procedimiento Penal, están referidas a hechos nuevos que sobrevengan a la sentencia; a que se descubran hechos preexistentes o existan elementos de prueba que demuestren que el hecho no fue cometido o que el condenado no fue autor o partícipe de la comisión del delito; y en el caso de autos, la recurrente no acompaña prueba alguna al respecto, incumpliendo el mandato del artículo 423 del Código de Procedimiento Penal, en atención a que el expediente del fenecido proceso penal y los informes psicológicos que ofrece como prueba, no constituyen nuevos hechos o nueva prueba que demuestren que la ahora recurrente no fue autora de la comisión del delito