Sala Plena
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
MAGISTRADO
Fdo. Rita Susana Nava Durán
MAGISTRADA
Fdo. Norka Natalia Mercado Guzmán
MAGISTRADA
Fdo. Maritza Suntura Juaniquina
MAGISTRADA
Fdo. Fidel Marcos Tordoya Rivas
MAGISTRADO
Fdo. Sandra Magaly Mendivil Bejarano
Secretaria de Sala
Sala Plena
- PROCESO
- DEMANDANTE
- De la Sentencia de fecha 31 de mayo de 2004 y Auto Supremo Nº 26
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión extraordinaria de sentencia penal ejecutoriada de fojas
- CONSIDERANDO: Que la recurrente al amparo del artículo 421 inciso 4 incs
- 2
- 3
- 5
- CONSIDERANDO: Que el artículo 423 del Código de Procedimiento Penal prevé que el recurso de
- Las causales a) y b) contenidas en el inciso 4 del artículo 421 del Código
- Con referencia a la causal 5) del precitado artículo, referida a la aplicación de una
- Por último, en cuanto a las irregularidades en la tramitación del proceso penal, la falta
- Corresponde aclarar que la finalidad del recurso de revisión, no consiste en revisar la sentencia
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No suscribe el Magistrado Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Sala Plena
