Auto Supremo AS/0062/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0062/2014

Fecha: 06-May-2014

Las empresas consideran que el tribunal de apelación al ratificar mediante auto de vista el

Las empresas consideran que el tribunal de apelación al ratificar mediante auto de vista el sueldo indemnizable de la demandante en la suma de Bs.15.352.15; resulta irracional toda vez que en su demanda señala como sueldo promedio la suma de Bs.6.068, monto por el cual debería establecerse el promedio indemnizable. Sin embargo se advierte que esta acusación no es evidente, ya que cursa en obrados; la liquidación de beneficios sociales a fs. 2-3, planilla de sueldos a fs. 203-204, honorarios por pagar de fs 774 a 783, certificado de trabajo a fs. 206, planillas de pagos de fs. 718 a 783, y memorial que subsana la demanda de fs. 319 a 325, pruebas documentales cuya apreciación integral determina la pertinencia del sueldo indemnizable; por lo tanto no es evidente la existencia de elementos probatorios producido por la parte demandada, que destruya o enerve el monto del salario promedio indemnizable, por el contrario la misma se encuadra en lo previsto en los arts. 48. I, II y III, de la Constitución Política del Estado y 19 de la Ley General del Trabajo