POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de nulidad de fs. 836, de obrados, con costas
- Auto Supremo Nº 62/2014
- Sucre, 6 de mayo de 2014
- Expediente: SSA.II-LP.65/2014
- Distrito: La Paz
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de fs
- CONSIDERANDO II: En principio, se debe señalar que las compañías recurrentes interpusieron el recurso
- Las empresas consideran que el tribunal de apelación al ratificar mediante auto de vista el
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- Consiguientemente se concluye, al no ser evidentes las infracciones acusadas, puesto que el auto de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Se regula el honorario profesional de abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez
