Contra el referido Auto de Vista, la
Contra el referido Auto de Vista, la parte demandante, interpone Recursos de Nulidad y de Casación en el Fondo de fs. 146 a 147 y vta., en el que acusa:
Que, el sorteo de la causa es efectuada el 12 de junio de 2009, y a fs. 144 es notificado el 1 de julio de 2009, por cuanto significa que recién en esa fecha se dio publicidad el Auto de Vista referido, por lo que se presume en falsedad la inserción de 19 de junio de 2009 del Auto de Vista, por consiguiente constituye Vicio de Nulidad en virtud al plazo establecido en el art. 209 del Código Procesal del Trabajo, que al sustentar lo contrario sería reconocer Retardación en la publicidad en abierta violación de los arts. 3 –b, c) y d); 56,57 y 58 del Código Procesal del Trabajo; indicando que en Casación se aplique lo dispuesto por el art. 252 de la Ley de Organización Judicial
Que, el sorteo de la causa es efectuada el 12 de junio de 2009, y a fs. 144 es notificado el 1 de julio de 2009, por cuanto significa que recién en esa fecha se dio publicidad el Auto de Vista referido, por lo que se presume en falsedad la inserción de 19 de junio de 2009 del Auto de Vista, por consiguiente constituye Vicio de Nulidad en virtud al plazo establecido en el art. 209 del Código Procesal del Trabajo, que al sustentar lo contrario sería reconocer Retardación en la publicidad en abierta violación de los arts. 3 –b, c) y d); 56,57 y 58 del Código Procesal del Trabajo; indicando que en Casación se aplique lo dispuesto por el art. 252 de la Ley de Organización Judicial
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y
- Contra el referido Auto de Vista, la
- Alega, que en el segundo considerando del
- Deduce, respecto al Inc
- Concluye el Recurso indicando que se cuenta
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos
- Por lo referido, se evidencia que el
- En el caso, se advierte que el
- El Recurso Extraordinario de Casación previsto a
- Al respecto, Gonzalo Castellanos Trigo en su
- Por lo anteriormente relacionado, de la lectura
- En el marco legal señalado, el Recurso
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
- Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 122/2014
