Respecto a los Autos Supremos 372 de 22 de julio de 2004 y 272 de
Respecto a los Autos Supremos 372 de 22 de julio de 2004 y 272 de 4 de mayo de 2009; el recurrente omitió establecer la contradicción en que incurrió el Auto de Vista impugnado respecto a dichas Resoluciones, aspecto que impide revisar en el fondo la alegación
- Por memorial presentado el 28 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, presentó recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el imputado con el referido Auto de Vista el 26 de febrero de
- De la revisión del recurso de casación, se advierte que, el recurrente en principio, reitera
- Cita el Auto de Vista 338/07, respecto a la valoración de la prueba; los Autos
- Concluye, solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, declare admisible el recurso “y existiendo contradicción
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto al cumplimiento de los demás requisitos, se establece lo siguiente
- Respecto a los Autos Supremos 372 de 22 de julio de 2004 y 272 de
- Respecto al Auto Supremo 12 de 30 de enero de 2012, que establece que, la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
