3)Señala también que, la Resolución de alzada expresó que, por la prueba documental MP2, AP1
3)Señala también que, la Resolución de alzada expresó que, por la prueba documental MP2, AP1 y AP2, “LAS AUTORIDADES” (sic) debieron verificar el pliego de condiciones base de toda licitación y que constituía su obligación supervisar el trabajo de la comisión de calificación y del “ARPC” (sic), al no haber cumplido la misma, habría incurrido en el delito endilgado; sin embargo, en la misma Resolución, considerando III.1, afirman que en el proceso de contratación del referido proyecto, concurrieron un conjunto de personas, sin considerar en lo más mínimo que, las acciones antijurídicas y punibles en materia penal son indivisibles y de carácter personalísimo, extremos no percibidos por el Tribunal de juicio ni por el de alzada, no habiéndose precisado cuál la conducta dolosa y premeditada, sin que sea posible sostener que la acción y responsabilidad de otros, tenga que asumirlas él, más aún, cuando no puso de manifiesto la acción concreta que generó el resultado, lo que vulnera el principio de especificidad
- Por memorial presentado el 28 de marzo de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el imputado, conforme se evidencia de
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 25 de marzo de 2014,
- De la revisión de antecedentes emergente de casación, se establecen los siguientes motivos
- 2)Como segundo agravio refiere que, el Auto de Vista excluyó la exigencia básica del tipo
- 3)Señala también que, la Resolución de alzada expresó que, por la prueba documental MP2, AP1
- 4)Que, el Auto de Vista vulnera el principio de seguridad jurídica, al haber realizado una
- 5)Finalmente denuncia que, la declaración testifical de Eduardo Caero Moreno, evidencia que en el proceso
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En ese contexto, de acuerdo al art
- Con la finalidad de corroborar el cumplimiento del recurso de casación planteado, de la revisión
- Respecto al quinto motivo, relativo a la falta de valoración de la prueba testifical por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
