ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
Para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del citado cuerpo legal, cuales son:
i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada.
ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo el recurrente señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado; es decir, este requisito constituye una carga procesal para el recurrente de efectuar la debida fundamentación sobre la existencia de precedentes contradictorios entre la resolución judicial impugnada con otros precedentes consistentes en Autos Supremos emitidos por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia o Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia; los cuales deberán ser expuestos de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos; especificando en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida
- Por memorial presentado el 28 de marzo de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el imputado, conforme se evidencia de
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 25 de marzo de 2014,
- De la revisión de antecedentes emergente de casación, se establecen los siguientes motivos
- 2)Como segundo agravio refiere que, el Auto de Vista excluyó la exigencia básica del tipo
- 3)Señala también que, la Resolución de alzada expresó que, por la prueba documental MP2, AP1
- 4)Que, el Auto de Vista vulnera el principio de seguridad jurídica, al haber realizado una
- 5)Finalmente denuncia que, la declaración testifical de Eduardo Caero Moreno, evidencia que en el proceso
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En ese contexto, de acuerdo al art
- Con la finalidad de corroborar el cumplimiento del recurso de casación planteado, de la revisión
- Respecto al quinto motivo, relativo a la falta de valoración de la prueba testifical por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
