Por memorial presentado el 13 de mayo de 2104, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 210/2014-RA
Sucre, 28 de mayo de 2014
Expediente: Chuquisaca 11/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Mireya Loayza Espinoza de Aramayo
Delitos: Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de mayo de 2104, que cursa de fs. 112 a 113 vta., Mireya Loayza Espinoza de Aramayo, interpone recurso de casación impugnando el Auto 162/14 de 7 de mayo de 2014, de fs. 99 a 105, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de María Gema Arana Borja contra la recurrente, por los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 210/2014-RA
Sucre, 28 de mayo de 2014
Expediente: Chuquisaca 11/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Mireya Loayza Espinoza de Aramayo
Delitos: Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de mayo de 2104, que cursa de fs. 112 a 113 vta., Mireya Loayza Espinoza de Aramayo, interpone recurso de casación impugnando el Auto 162/14 de 7 de mayo de 2014, de fs. 99 a 105, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de María Gema Arana Borja contra la recurrente, por los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 13 de mayo de 2104, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Resolución, la denunciante interpuso recurso de apelación incidental (fs
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista, el 9 de mayo de
- Del memorial que cursa de fs. 112 a 113 vta., se extraen los siguientes argumentos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso, debe precisarse que, en
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecido en
- En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
- En el caso presente, el Auto de Vista 162/14 de 7 de mayo de 2014,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
