Así, de la revisión del recurso se establece, en el único motivo planteado, que el
Así, de la revisión del recurso se establece, en el único motivo planteado, que el recurrente simplemente señala, que el Tribunal de alzada, no reparó los defectos de Sentencia que planteó en apelación restringida (Trayendo a colación los mismos); ahora bien, de la fundamentación de este motivo se advierte: Primero, que el imputado no realizó la exposición precisa cuál el o los agravios emergentes del Auto de Vista impugnado, confundiendo y reemplazando la misma, con la llana afirmación de que: “NO REALIZARON DE LA SENTENCIA APELADA UNA VALORACION DE SANA CRITICA” (sic) y que por ello, siguen latentes los defectos previstos por el art. 370 del CPP, cuando lo que le correspondía era, identificar, a partir de la o las conclusiones arribadas por el Tribunal de alzada, también precisadas, cumplir con la carga procesal de exponer los hechos similares, así como la explicación fundamentada de cuál la contradicción existente entre la Resolución impugnada, con los fundamentos expresados en los precedentes, que dicho sea de paso, solo fueron enunciados en la parte final del memorial; a objeto de que este Tribunal, pueda ingresar a verificar la probable asignación de un sentido jurídico distinto por parte del Tribunal de alzada, al mismo supuesto fáctico
- Por memorial presentado el 24 de abril de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente argumento
- Finamente, en acápite separado, cita como precedentes contradictorios, los Autos Supremos: 14 de 27 de
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Así, de la revisión del recurso se establece, en el único motivo planteado, que el
- Todo lo anterior, fue incumplido por el recurrente, pues se limitó a reiterar los agravios
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
