De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación pública (fs. 2 a 4 vta.) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia Cuarto del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció la Sentencia 15/2011 de 16 de mayo (fs. 208 a 214 vta.), que declaró al imputado Aniceto Choque Mamani, autor del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis, con la agravante establecida por el art. 310 inc. 2), 3) y 4), ambos del CP, imponiéndole la pena de diecisiete años de presidio, sin derecho a indulto, además de la condenación de con costas
- Por memorial presentado el 24 de abril de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente argumento
- Finamente, en acápite separado, cita como precedentes contradictorios, los Autos Supremos: 14 de 27 de
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Así, de la revisión del recurso se establece, en el único motivo planteado, que el
- Todo lo anterior, fue incumplido por el recurrente, pues se limitó a reiterar los agravios
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
