Que la revisión de sentencia intentada por Teófilo Paz Cuéllar, se funda en las causales
Que la revisión de sentencia intentada por Teófilo Paz Cuéllar, se funda en las causales de los incisos 1) y 4) del artículo 297 del Código de Procedimiento Civil, que establece haber lugar a la revisión de una sentencia ejecutoriada cuando: "1) Si ella se hubiere fundado en documentos declarados falsos por otra sentencia ejecutoriada que se hubiere dictado con posterioridad a la sentencia que se tratare de rever; 4) Si después de pronunciada, se recobraren documentos decisivos detenidos por fuerza mayor o por obra de la parte en favor de la cual se hubiere dictado, previa sentencia declarativa de estos hechos y ejecutoriada"
- PROCESO
- De la Sentencia N° 251 de 14 de septiembre de 2006, pronunciada por el Juez
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión extraordinaria de sentencia presentado por Teófilo Paz
- CONSIDERANDO: Que en el memorial de fojas 201 a 204, Teófilo Paz Cuellar, solicita la
- CONSIDERANDO: Que el recurso previsto por el artículo 297 del Código de Procedimiento Civil, tiene
- Que la revisión de sentencia intentada por Teófilo Paz Cuéllar, se funda en las causales
- Que por providencia de 26 de junio de 2010 (fs
- En autos, el recurrente no cumplió con lo ordenado en el proveído de fojas 223,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, Notifíquese y cúmplase
- Sala Plena
