Que por providencia de 26 de junio de 2010 (fs
Que por providencia de 26 de junio de 2010 (fs. 223), se dispuso que el demandante precise el nombre y generales de ley del recurrido, la cosa demandada, los hechos expuestos con claridad y precisión, el derecho expuesto sucintamente y presente testimonio o copia legalizada de la sentencia que acredite una de las causales del artículo 297 del adjetivo civil, concediéndosele plazo de diez días bajo conminatoria de ley, providencia que fue notificada el 26 de junio de 2010
- PROCESO
- De la Sentencia N° 251 de 14 de septiembre de 2006, pronunciada por el Juez
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión extraordinaria de sentencia presentado por Teófilo Paz
- CONSIDERANDO: Que en el memorial de fojas 201 a 204, Teófilo Paz Cuellar, solicita la
- CONSIDERANDO: Que el recurso previsto por el artículo 297 del Código de Procedimiento Civil, tiene
- Que la revisión de sentencia intentada por Teófilo Paz Cuéllar, se funda en las causales
- Que por providencia de 26 de junio de 2010 (fs
- En autos, el recurrente no cumplió con lo ordenado en el proveído de fojas 223,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, Notifíquese y cúmplase
- Sala Plena
