- PROCESO:
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Homologación para fines de ejecución de sentencia dictada
- Que admitida la demanda por proveído de 15 de octubre de 2013 cursante a fojas
- CONSIDERANDO: Según dispone el artículo 552 del Código de Procedimiento Civil, las sentencias judiciales pronunciadas
- Que del análisis efectuado consta: que la mencionada sentencia de divorcio fue dictada en mérito
- Que en consecuencia, es procedente el petitorio al estar cumplido los requisitos establecidos para el
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Sala Plena
